El Tribunal Supremo establece que el derecho de los padres a reclamar el complemento por maternidad no prescribe

El Tribunal Supremo ha dictaminado que el derecho de los padres a reclamar el complemento de maternidad para hombres en su pensión no está sujeto a limitaciones temporales. Esto significa que las personas con derecho a percibir el complemento pueden reclamarlo en cualquier momento sin estar sujetas a un plazo concreto.

La reciente sentencia del TJUE en el asunto C-450/18 reconoció el complemento de pensión por cotización demográfica a los hombres con al menos dos hijos biológicos o adoptados beneficiarios de pensiones contributivas. Sin embargo, no estableció ninguna limitación temporal respecto a los efectos del complemento. Ahora, el Tribunal Supremo ha solventado esta laguna y ha declarado la imprescriptibilidad del complemento, garantizando que pueda reclamarse con carácter retroactivo a la fecha del hecho causante de la pensión.

Además de esto, el Tribunal Supremo argumentó que el reconocimiento del complemento por maternidad por cotización demográfica suponía una discriminación por razón de sexo, lo que va en contra del principio de no discriminación y del derecho a la igualdad. En consecuencia, los efectos del complemento deben retrotraerse al momento del hecho causante de la pensión, sin limitaciones ni limitaciones temporales.

En conjunto, la sentencia garantiza que las personas, incluidos los hombres, que tengan derecho al complemento por maternidad por cotización demográfica, no estén sujetas a limitaciones temporales y puedan solicitar el complemento con carácter retroactivo. Se trata de un paso importante para garantizar la igualdad y la no discriminación en el reconocimiento de las prestaciones.

El Tribunal Supremo estima que el derecho de los padres a reclamar el complemento de maternidad en su pensión no prescribe.

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha unificado doctrina y ha estimado que el derecho de los padres a reclamar el complemento de maternidad por aportación demográfica en sus pensiones no prescribe.

En su sentencia quita la razón al Instituto Nacional de la Seguridad Social y a la Tesorería, y declara firme el fallo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, que señala la imprescriptibilidad de dicho complemento, vigente desde el 1 de enero de 2016 hasta el 3 de febrero de 2021.

De esta manera, el Supremo regula el caso de un padre de tres hijos que reclamó el complemento casi siete años después de empezar a cobrar su pensión. Y establece que su derecho no ha prescrito “porque goza de la misma naturaleza jurídica que la pensión a la que complementa”, según se detalla en la sentencia.

Ignacio Fernández, letrado que ha defendido al pensionista, considera que este asunto “descarta uno de los últimos bastiones en los que se encerraba el Instituto Nacional de la Seguridad Social para denegar el reconocimiento del complemento”, porque no solo establece que el complemento es imprescriptible, sino que “además, ha de surtir efectos económicos desde el inicio de la prestación”.

Ahora este complemento en la pensión, en el que también se ha pronunciado el Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea, podrá ser reclamado por todos los padres de dos o más hijos que no lo hayan solicitado antes por haber transcurrido más de cinco años desde que comenzaron a cobrar la prestación, límite que la Seguridad Social había establecido.

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El complemento de maternidad para hombres permite aumentar una pensión hasta en un 15%

A partir del dictamen de la Justicia Europea, los hombres tienen el derecho a recibir el mismo complemento que las mujeres en su pensión de jubilación, por lo que es posible aumentarla hasta en un 15%. De igual manera, este trámite permite recuperar de forma retroactiva los aumentos no cobrados desde el día de la jubilación, lo que implica recibir un pago acumulado de los importes hasta la fecha actual.

Por otra parte, el complemento de maternidad para hombres asegura una mayor estabilidad económica, lo que resulta relevante cuando los gastos y responsabilidades familiares continúan después de la jubilación. En ese sentido, los honorarios de Cerciora son de 350 € más IVA, además de un 15% de los atrasos pendientes, en caso de que exista una deuda.

Un dato importante es que el complemento de maternidad para hombres se calcula en función del número de hijos: 5% para quienes tienen 2 hijos, 10% para quienes tienen 3 y 15% para quienes tienen 4 o más.

¿Quiénes pueden solicitar el complemento de maternidad para hombres?

Los padres habilitados para solicitar el complemento de maternidad para hombres son todos aquellos que tienen dos o más hijos y se jubilaron entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021. Entre los documentos necesarios para realizar la reclamación se incluyen el libro de familia o certificado de nacimiento, la resolución de reconocimiento de jubilación o actualización y la copia del DNI.

Otro de los requisitos para acceder al complemento es que la jubilación se realice por los siguientes casos: viudedad, incapacidad, ordinaria, jubilación forzosa tras 6 meses finales de paro o prescripciones. Asimismo, los padres de hijos nacidos fuera de España tienen derecho a cobrar el complemento de maternidad para hombres, siempre y cuando cumplan los requisitos establecidos para su obtención.

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